Durante el mes de Abril de 2013, se aprobó el Real Decreto 235/2013 de Eficiencia Energética en el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Este Real Decreto ha entrado en vigor en Junio de 2013, conllevando la obligatoriedad para todo inmueble que se quiera vender o alquilar durante más de 4 meses deberá disponer del Certificado de Eficiencia Energética, siendo el propietario el responsable de aportarlo. De no hacerlo, el propietario, se enfrenta a multas cuyas cantidades oscilan entre 300 y 6000 euros. Este Real Decreto no sólo afecta a viviendas, si no que también es de aplicación a los locales comerciales y a la renovación de los arrendamientos.
El certificado de eficiencia energética conllevará una etiqueta energética, que hay que poner a disposición, de forma obligatoria, del comprador o del arrendador de la vivienda o del local. Sin este certificado, la vivienda o el local no puede ni siquiera anunciarse para su venta o alquiler.
Ruiz Mazón Ingenieros dispone de técnicos autorizados para proceder a la elaboración de este certificado. Si quiere más información, puede ver la explicación detallada de este servicio aquí.
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